Asistencia a empresas
Kaixo! Este es el punto de atención y apoyo a la empresa vasca
Este espacio centraliza información y vías de contacto para la empresa vasca, con el objetivo de facilitar el acceso a los recursos de SPRI.
Puedes comenzar por las preguntas frecuentes o consultarnos aquí como primer punto de apoyo para resolver o derivar tu consulta.
Preguntas frecuentes: resolvemos tus dudas
Preguntas frecuentes sobre Programa Reto 2030
Las entidades beneficiarias recibirán como máximo 10.000€ por el proyecto y con estos porcentajes de gastos subvencionables según tipología y tamaño:
- 80%: Persona Física, Asociación, Fundación y Universidades.
- 60%: Pyme.
- 50%: Gran empresa
Las subvenciones serán abonadas por SPRI mediante un único pago a la beneficiaria de la ayuda, tras la oportuna presentación de la Solicitud de Liquidación y documentación justificativa exigida en la normativa.
No se cubren los gastos correspondientes a medios propios de la beneficiaria, como los salarios.
Solo se subvencionan los trabajos realizados por terceros para la ejecución del proyecto, como los gastos de diseño y planificación del proyecto, arrendamientos de espacios, consultoría, diseño y elaboración de herramientas y/o plataformas digitales.
El plazo establecido para la ejecución del proyecto, que será de máximo 12 meses desde el inicio del mismo. Asimismo, se admitirán gastos devengados o facturados antes de la presentación de la solicitud de ayuda de proyectos iniciados a partir del 1 de enero de 2025.
Persona física:
- Documento nacional de identidad.
- Certificado de empadronamiento en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- Declaración responsable firmada según el contenido del modelo normalizado que se incorpora como Anexo a las bases del programa publicado en el BOPV.
- Certificado de titularidad bancaria de la cuenta corriente facilitada a los efectos de poder efectuar los pagos.
- Memoria del proyecto, señalando: el origen del mismo, los objetivos, agentes promotores y participantes, así como las actividades y fases a desarrollar, incluyendo los plazos de ejecución, público objetivo al que se va a dirigir y el impacto esperado, destacando aquellos impactos medibles en el ecosistema en términos socioeconómicos.
- Presupuesto del proyecto, anejando documentación descriptiva y acreditativa del mismo. Desglose y justificación de las partidas a subvencionar.
- Relación de ayudas de minimis concedidas en los tres años anteriores, indicando fecha de concesión, organismo, programa e importe de la ayuda.
- Relación de ayudas que para el mismo proyecto hayan sido solicitadas y/o concedidas por instituciones públicas o privadas, indicando fecha de solicitud o, en su caso, de concesión, organismo, programa e importe de la ayuda.
Persona jurídica:
- Nombre y apellidos y Número del Documento Nacionalice Identidad (DNI) o Número de Identificación de Extranjero (NIE) del representante legal de la entidad.
- Escritura de Constitución.
- Poder notarial del representante legal. En el caso de que el beneficiario sea un trabajador autónomo, Certificado del Departamento de Hacienda de la Diputación Foral o Ayuntamiento correspondiente, actualizado, que acredite la actividad económica.
- NIF de la entidad beneficiaria.
- Declaración responsable firmada según el contenido del modelo normalizado que se incorpora como Anexo a las bases del programa publicado en el BOPV
- Certificado de titularidad bancaria de la cuenta corriente facilitada a los efectos de poder efectuar los pagos.
- Memoria del proyecto, señalando: el origen del mismo, los objetivos, agentes promotores y participantes, así como las actividades y fases a desarrollar, incluyendo los plazos de ejecución, público objetivo al que se va a dirigir y el impacto esperado, destacando aquellos impactos medibles en el ecosistema en términos socioeconómicos.
- Presupuesto del proyecto, anejando documentación descriptiva y acreditativa del mismo. Desglose y justificación de las partidas a subvencionar.
- Relación de ayudas de minimis concedidas en los tres años anteriores, indicando fecha de concesión, organismo, programa e importe de la ayuda.
- Relación de ayudas que para el mismo proyecto hayan sido solicitadas y/o concedidas por instituciones públicas o privadas, indicando fecha de solicitud o, en su caso, de concesión, organismo, programa e importe de la ayuda.
- Datos para la determinación del tamaño de la empresa, esto es, datos anuales de empleo, volumen de negocio y balance general de la misma, y del resto de empresas asociadas o vinculadas con ella.
El plazo máximo para dictar y notificar resolución expresa sobre las solicitudes será de seis meses a contar desde el día siguiente a la fecha en que la solicitud formulada quede completada. Transcurrido dicho plazo sin haberse efectuado la notificación, las interesadas podrán entender desestimada su solicitud.
La comunicación a las solicitantes de las resoluciones indicará la cuantía de subvención que se concede, las condiciones de la misma y los plazos para la realización de la actuación subvencionable, así como cualquier otra condición que sea necesaria para el desarrollo de la misma.
La citada resolución se dictará y se notificará por medios electrónicos a la solicitante en un plazo máximo de 10 días hábiles desde su emisión.
La Solicitud de Liquidación deberá presentarse en el plazo máximo de 2 meses desde la finalización del proyecto, y en cualquier caso, con anterioridad al 30 de octubre de 2026, y vendrá acompañada de la siguiente documentación particular:
- Memoria justificativa de los gastos ejecutados y facturas de los gastos subvencionables con desglose de costes.
- Justificantes bancarios de pago de la Entidad Financiera de los gastos subvencionables del proyecto.
- Cuando las actividades hayan sido financiadas, además de con la subvención, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá acreditarse el importe, procedencia y la aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas.
- Certificado de la entidad financiera que acredite la titularidad y número de la cuenta corriente (IBAN) a nombre del beneficiario, en caso de modificación de la misma con respecto a la señalada con anterioridad.
- Memoria técnica que acredite los trabajos realizados en el contexto del proyecto (Deberá contener información detallada en las bases reguladoras)
- Ofertas de diferentes proveedores o proveedoras en los términos establecidos en el artículo 30.3 de la LRRS.
- Grado de adecuación del Proyecto, a los objetivos y temáticas del programa
- Claridad y creatividad del proyecto.
- Participantes, primando la diversidad en los agentes promotores y la presencia de agentes no participantes del ecosistema vasco de emprendimiento.
- Factibilidad técnica, económica y legal del proyecto y las actividades a desarrollar.
- Impacto esperado, teniendo en cuenta el público objetivo al que se va a dirigir, destacando aquellos impactos medibles en el ecosistema, en términos económicos y de empleo y sociales.
- Capacidad para incidir en colectivos en riesgo de exclusión, mejora del empleo femenino y juvenil.