La compra pública de innovación (CPI) es un instrumento que fomenta la innovación y favorece el desarrollo de nuevos mercados desde la demanda de las necesidades y retos identificados, articulada a través de la contratación pública y con una serie de características que complementan a las ayudas a la I+D+i.
No se trata de una ayuda o subvención, se trata de que las empresas innovadoras vean a la administración pública como un potencial cliente.
Así, se convierte en una potente herramienta que favorecerá el crecimiento de las entidades del sistema vasco de innovación generando impacto y valor a los proyectos estratégicos de las entidades dependientes del Departamento de Desarrollo, Sostenibilidad y Medio ambiente.
En este sentido, es importante tener presente que la Compra Pública de Innovación no es un nuevo tipo de contrato, usar herramientas tecnológicas en el proceso de contratación, ni comprar productos innovadores que ya existan.
Las empresas innovadoras podrán lanzar soluciones a necesidades que hayan detectado en el sector público.
A través de la participación de retos que lanzan entidades públicas.
Empleando el mercado público local como cliente de lanzamiento o referencia.
CONSULTA PRELIMINAR AL MERCADO. La acción de Compra Pública de Innovación EKPboat tiene como objetivo acelerar el desarrollo de tecnologías de fabricación y operación medioambientalmente sostenibles de embarcaciones de pequeña eslora para usos recreativos y/o profesionales.
CONSULTA PRELIMINAR AL MERCADO. La acción de Compra Pública de Innovación Garbiland tiene como objetivo la descontaminación de suelos mediante tecnologías innovadoras y sostenibles, ejecutadas “in situ” u “on site”.
CONSULTA PRELIMINAR AL MERCADO.
La acción de Compra Pública de Innovación TurboWave tiene como objetivo acelerar el desarrollo de tecnologías de turbinas de aire que se adapten a las necesidades del sector de la energía de las olas en general y a los requisitos técnicos específicos de la planta de Mutriku.
Que quieren compartir sus retos y avances tecnológicos o han detectado necesidades y tienen el potencial de ofrecer respuestas innovadoras.
Para los retos de las sociedades del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio ambiente del Gobierno Vasco. El Ente Vasco de la Energía (EVE), Sprilur, IHOBE, Basque Trade & Investment, son algunas de las entidades públicas que ya están preparando sus retos.
Si hubiera una demanda clara, las empresas innovadoras invertirían para ofrecer productos innovadores y si el comprador conociera las alternativas disponibles adecuadas y económicas para sus retos, las compraría
Fomentamos que las entidades públicas adscritas al Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad del Gobierno Vasco, lancen licitaciones de CPI para que adquieran productos o servicios a través de soluciones innovadoras, eficientes y sostenibles.
El Ente Vasco de la Energía (EVE), Sprilur, IHOBE, Basque Trade& Investment, son algunas de las entidades públicas que ya están preparando sus retos.
La experiencia en gestión de instrumentos de apoyo a la I+D+I, y nuestro conocimiento del Sistema Vasco de Innovación, nos permiten apoyar a un mismo tiempo el lado de la oferta y la demanda. Y contribuir así a la transformación y mejora de los servicios públicos y, por tanto, al aumento de la calidad de vida de la ciudadanía.
Compra Pública de Innovación, una herramienta alineada con el marco estratégico de innovación del País Vasco, RIS3 EUSKADI.
En la Compra Publica los operadores económicos presentan soluciones a la Administración las cuales ya se encuentren totalmente asentadas en el mercado, por lo que no hay ningún tipo investigación o de desarrollo asociado a ella.
Por su parte la CPI fomenta a la Administración Pública a realizar una compra inteligente, mejorando sus resultados, soluciones y/o servicios a través de los beneficios de la I+D+i, a la vez que se fomenta la innovación del tejido empresarial a través de una escucha y consulta activas en lugar de reactivas.
La Compra Pública de Innovación no se configura como una nueva forma para adjudicar contratos ni licitar de forma diferente. La característica que la convierte en un instrumento importante de contratación pública es su finalidad: servir de apoyo a la actividad innovadora del sector privado para satisfacer las necesidades de un organismo público. Se consigue, por tanto, que la demanda del sector público dirija la actividad innovadora y no se vean obligados a amoldarse a los nuevos productos o servicios desarrollados por el sector privado, sino que sea de manera contraria.
Compra Pública pre-comercial (CPP): Consiste en la compra de servicios de I+D dirigidos a conseguir un producto o servicio futuro nuevo o significativamente mejorado. El objetivo fundamental de la contratación son servicios de investigación y desarrollo en un proceso que permita filtrar los riesgos tecnológicos de soluciones no existentes en el mercado antes de abordar una compra de estos. Este tipo de contratos cubre hasta la obtención de prototipos validados en un entorno real más o menos extenso.
La Compra pública de Tecnología Innovadora (CPTi): consiste en la compra de un bien, servicio u obra que, en el momento de la contratación, está muy cercano al mercado y, por lo tanto, bien se ha producido con volúmenes limitados, como preproducción del producto comercial, o bien a nivel de prototipo ya validado. Este tipo de contratos pueden requerir una fase de trabajos previos de diseño o de adaptación de la solución a las necesidades del órgano de contratación, pero que en ningún caso supone la contratación de servicios de I+D. El objetivo de este tipo de compras es la realización de los trabajos necesarios (por ejemplo: escalado de la producción, desarrollo hasta que sea comercializable o industrialización del producto o servicio) para la producción masiva del bien, servicio u obra, de modo que el órgano de contratación actúe como primer cliente de la solución innovadora implantándola en un volumen comercialmente significativo.
Compra Pública Regular de Innovación, (CPRI) entendemos que no sería objeto de los retos identificados, ya que se refiere a la compra de un bien, servicio u obra que existe en el mercado en el momento de la compra. Por tanto, no requiere ninguna fase de desarrollo, pero la solución supone una innovación respecto a otras disponibles en el mercado. Este tipo de compra se desarrolla como cualquier contrato ordinario de los contemplados en la nueva Ley 9/2017, LCSP (suministro, servicios, obras, etc.), pero se estructura de tal forma que se priman los aspectos relacionados con la innovación, dándoles mayor peso en los criterios de adjudicación y dejando abiertas las especificaciones del objeto de la compra con el fin de que el licitador pueda aportar su solución innovadora. En este sentido, es una implementación de la política pública de fomento de la innovación a través de las contrataciones ordinarias.
Es importante tener en cuenta que el contrato de CPP está excluido de la Ley de Contratos del Sector Público y, por tanto, el poder adjudicador puede configurar libremente el procedimiento de adjudicación respetando, entre otros, el marco sobre ayudas estatales de investigación, desarrollo e innovación.
Los contratos de CPTI y de CPRI sí están sometidos a la Ley de Contratos del Sector Público y les aplicarán las normas establecidas para la selección del procedimiento de licitación en el artículo 131 y siguientes de la Ley de Contratos del Sector Público. Además de los procedimientos generales descritos en el artículo 131, se establece la posibilidad de utilizar otros procedimientos en determinados supuestos. En materia de innovación son relevantes los siguientes: