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Ayudas para la empresa vasca Entra
Plan de ayudas 2023 de Gobierno Vasco para pymes de Euskadi Ver ayudas
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el acceso a nuestros programas de ayuda y servicios que ofrecemos.
La solicitud debe incluir un mínimo de 2 acciones por solicitud independientemente del país.
Las empresas solicitantes pueden presentar un máximo de 3 solicitudes en la convocatoria del programa Zabaldu. La primera será la principal, mientras que las otras 2 serán consecuencia de acciones sobrevenidas. Así, en la primera podrán presentar tantas acciones y países como quieran y en la segunda y tercera sólo podrán presentar un máximo de dos acciones en cada una.
Cada empresa puede incluir como gasto un máximo de 9 viajes de prospección para el total de solicitudes presentadas.
Cada empresa puede incluir como gasto un máximo de 9 misiones inversas para el total de solicitudes presentadas.
No, se pueden presentar las solicitudes sin que sea necesario dejar un margen de tiempo entre ellas.
No hay máximo, las empresas pueden presentar solicitud a cualquier país.
Las ayudas podrán alcanzar hasta el 50% del importe del presupuesto aprobado, con un máximo de subvención de 45.000 euros por empresa.
Para solicitar la ayuda Zabaldu, es necesario presentar:
a) Solicitud telemática debidamente cumplimentada y suscrita por la representación legal de la entidad solicitante con poder suficiente. Dicha solicitud incluirá tanto los datos relativos a la entidad, como los relativos al proyecto que servirán como base para la correcta valoración del mismo.
b) Cuestionario normalizado para la valoración del proyecto, definido conforme a las directrices del Consorcio Vasco de Internacionalización (ver Anexo 6).
c) Escrituras y/o poder de representación de la empresa.
d) Certificado de titularidad bancaria de la cuenta corriente facilitada.
e) Certificados que acrediten el cumplimiento con las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social en caso de que no se autorice la obtención de dichos documentos al órgano concedente.
f) Declaración responsable donde acredite su condición de PYME conforme a lo indicado en la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión de 6 de mayo de 2003 – Diario Oficial (DUE) n.º L 124 de 20-05-2003 p. 0036-0041.
g) Aquellas solicitudes que incluyan prestaciones de servicios referidas en el artículo 5 apartado B que no puedan ser atendidas por la correspondiente oficina de la Red exterior de BasqueTrade & Investment (la Agencia Vasca de Internacionalización) deberán de informar mediante declaración responsable de dicha circunstancia.
h) Ayudas minimis recibidas durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso sujetas al Reglamento (UE) 1407/2013 de la Comisión respecto a las ayudas minimis.
i) En el caso de que se solicite ayuda para Implantaciones y se exija que la implantación se constituya en el año 2022, se deberá presentar documentación acreditativa de la constitución de la implantación en el referido ejercicio.
Asimismo, para poder materializar la correcta valoración del proyecto de internacionalización de la empresa, se deberá aportar:
a) Certificado que acredite la modalidad de cooperación.
b) Certificaciones en materia de sostenibilidad medioambiental, igualdad de género, promoción del euskera y responsabilidad social corporativa, en su caso.
Junto a la solicitud de liquidación, es necesario presentar:
a) Memoria justificativa del cumplimiento de las actividades realizadas que han sido financiadas con la subvención.
b) Relación clasificada de los gastos por cada acción e importes.
c) Facturas de los gastos aprobados con el desglose de costes, la fecha de emisión e identificación del proveedor, así como los justificantes de pago, con su importe y fecha de pago.
d) En el caso de justificación de los viajes realizados, será necesario presentar los billetes de transporte o facturas de alojamiento, con acreditación de su efectivo coste, como comprobante del desplazamiento.
La documentación justificativa se debe presentar por vía telemática, con la firma del representante legal de la empresa beneficiaria, dentro del plazo que va desde el momento de recepción de la resolución de concesión de la ayuda, hasta el 28 de febrero del 2023.
No, no es posible solicitar prórrogas a la convocatoria.
El abono de la subvención se realiza mediante dos pagos, de la siguiente manera:
25% de la subvención, tras la aceptación de la ayuda concedida o, en su caso, transcurrido el plazo de quince días fijado en el artículo 15 de las bases del programa de ayudas Zabaldu.
Liquidación del 75% restante, tras la justificación de los gastos incurridos en la realización de las acciones apoyadas.
Si, se admitirán gastos devengados o facturados antes de la presentación de la Solicitud de Ayuda de proyectos iniciados a partir del 1 de enero de 2022.
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