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Ayudas para la empresa vasca Entra
Plan de ayudas 2024 de Gobierno Vasco para pymes de Euskadi Ver ayudas
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El proyecto se puede financiar mediante arrendamiento financiero siempre y cuando incluya, explícitamente, al efecto de considerarla inversión susceptible de apoyo, la opción de compra al término del contrato del mismo, así como el compromiso de ejecutar la misma firmado por las dos partes.
Sí.
Sí, previa solicitud (antes de que finalice el plazo del proyecto inicialmente solicitado) y justificación por parte de las entidades solicitantes, se podrá conceder por parte del responsable de la gestión del programa un aplazamiento en la ejecución de las actividades a realizar, siempre que no se supere en más de 12 meses el plazo máximo para la realización de la actividad subvencionable, establecido en 16 meses de duración. Es decir: el proyecto puede ser de 16 meses, ampliable a otros 12 previa solicitud.
A través de la firma entre ambas de un Acuerdo de Colaboración y Memoria de Proyecto, en base a un formato facilitado por SPRI.
Desde la notificación de asignación de la Firma Consultora Especializada a la empresa solicitante, la empresa deberá presentar a SPRI el Acuerdo de colaboración y la Memoria de proyecto del trabajo a realizar en un plazo siete días naturales.
Las PYMES y Grandes empresas que sean industriales extractivas, transformadoras, productivas y de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial, así como, las que ofrecen servicios vinculados a infraestructuras digitales y las de servicios logísticos (excluido el transporte).
Las PYMES podrán solicitarla tanto si se encuentran ubicadas en la Margen Izquierda ampliada, como si están en un municipio con una tasa de desempleo superior en un 5% a la media anual de Euskadi.
Las Grandes Empresas sólo podrán solicitar la subvención si se encuentran ubicadas en la Margen Izquierda ampliada.
La solicitud cumplimentada, que será única para el conjunto de actuaciones previstas a realizar por la empresa, incorporará la firma reconocida de la persona que posea capacidad legal para representar a la entidad solicitante, y la documentación soporte exigida.
Los Fondos FEDER permiten financiar únicamente aquellos proyectos que respeten el principio de “no causar un daño significativo”, o DNSH (en sus siglas en inglés – “Do no significant harm”). Por lo tanto, es necesario declarar que la actividad de I+D desarrollada en el proyecto no afecta negativamente a uno, o varios, de los 6 objetivos medioambientales definidos en el Reglamento 852/2020:
En la Fase II del programa los beneficiarios han de adjuntar la declaración jurada sobre el cumplimiento de este criterio.
Documentación relacionada:
Guía DNSH:
No, los gastos de consultoría para la tramitación y gestión de la subvención no son imputables.
La solicitud se realiza por medios electrónicos a través de la página web de SPRI y en ella se incluirán datos de identificación de la entidad beneficiaria y su representante legal. Además, se incluirá la siguiente documentación:
La subvención anual por empresa beneficiaria para apoyar los gastos de consultoría-ingeniería, hardware y software asociados al proyecto será del 50% hasta un máximo de 30.000 euros.
A los efectos de Ekintzaile +, los proyectos empresariales intensivos en conocimiento son aquellos que, utilizando la experiencia de la empresa, aplican su conocimiento para crear nuevos productos, servicios, procesos o modelos de negocio, impulsando la innovación y la tecnología.
La solicitud debe contener una memoria detallada de las inversiones y una hoja de cálculo a completar por el solicitante.
En ningún caso el IVA repercutida en factura ni los trabajos realizados por el propio solicitante o empresas del grupo. Tampoco los gastos de desplazamiento del consultor, la elaboración de materiales didácticos y el alquiler de salas, dietas y similares.
Sí. La subvención máxima anual por empresa beneficiaria será destinada para la realización de una o más actuaciones subvencionables a lo largo del ejercicio, con un máximo de 23.000 euros por empresa.
Las empresas beneficiarias de este programa deben disponer de un centro de actividad en la CAPV y figurar de alta en el IAE del País Vasco.
No podrán acceder las que estén adscritas a la Red Vasca de Ciencia Tecnología e Innovación ni a Redes de I+D de naturaleza similar.
El abono de la subvención se materializará en dos pagos. El primer pago será con posterioridad a la comunicación de la resolución de concesión de la ayuda, y por un importe equivalente al 70 % de la subvención, con el régimen de garantías que le sea de aplicación. El segundo pago será del 30 % restante, tras la oportuna presentación de la Solicitud de Liquidación y documentación justificativa exigida.
En el supuesto de que el gasto elegible realizado sea inferior al presupuesto aprobado en la resolución de concesión de la ayuda, esta se ajustará proporcionalmente, debiendo restituirlo a SPRI con los intereses que procedan en caso de que así lo disponga la resolución por la que se acuerde el reintegro del mismo.
La duración y dedicación máximas serán de 90 días naturales y de 50 horas de trabajo in situ por parte de la consultoría externa, siempre antes del 31 de marzo de 2025.
El abono de la subvención se materializará en dos pagos. El primer pago será con posterioridad a la comunicación de la resolución de concesión de la ayuda, y por un importe equivalente al 70 % de la subvención, con el régimen de garantías que le sea de aplicación. El segundo pago será del 30 % restante, tras la oportuna presentación de la Solicitud de Liquidación y documentación justificativa exigida.
En el supuesto de que el gasto elegible realizado sea inferior al presupuesto aprobado en la resolución de concesión de la ayuda, esta se ajustará proporcionalmente, debiendo restituirlo a SPRI con los intereses que procedan en caso de que así lo disponga la resolución por la que se acuerde el reintegro del mismo.
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