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Todo lo que necesitas saber sobre Programa Dibertsifika

Las grandes empresas podrán ser beneficiarias de Dibertsifika siempre que cumplan los requisitos generales del programa y, además, las siguientes condiciones específicas:
  • Realizar una inversión mínima admitida de 1.500.000 €.
  • Aportar recursos propios (excluidas las subvenciones) por, al menos, el 25 % de la inversión susceptible de apoyo.
  • Comprometerse al mantenimiento del empleo en los términos establecidos en la normativa.
  • Localizar las inversiones objeto de la ayuda en la Zona Margen Izquierda Ampliada de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
La intensidad base de la ayuda es del 5 %, pudiendo incrementarse conforme a los criterios previstos en la convocatoria, con un límite máximo del 10 % sobre la inversión susceptible de apoyo. El importe máximo de ayuda por empresa es de 1.000.000 €.

La generación de empleo se calcula a partir del incremento neto de empleo vinculado directamente al proyecto subvencionado, tomando como referencia la plantilla media de la empresa en el periodo establecido en la convocatoria.

El empleo generado deberá estar directamente relacionado con el desarrollo del proyecto y mantenerse durante un periodo mínimo de tres años, contados desde la finalización del proyecto subvencionado, en los términos establecidos en la normativa del programa.

En Dibertsifika no se contemplan reintegros periódicos como tal. El programa establece un sistema de anticipos reintegrables, cuyo calendario y condiciones vienen definidos en la resolución de concesión.

Cualquier modificación de datos deberá solicitarse, a través del canal habilitado en este enlace, aportando la documentación justificativa correspondiente.

En estos casos, deberá presentarse un certificado negativo de la Tesorería General de la Seguridad Social que acredite que la empresa no tiene personal contratado en el momento de la solicitud.

No. Dibertsifika apoya inversiones en activos nuevos, por lo que no se considera subvencionable la adquisición de maquinaria o equipamiento de segunda mano.

En el caso de inversiones financiadas mediante leasing, deberá aportarse el contrato correspondiente y la documentación que acredite que la opción de compra se ejerce dentro del periodo establecido y en las condiciones exigidas por la normativa.

La inversión mínima exigida depende del tamaño de la empresa:

  • Pymes: inversión mínima admitida de 200.000 €.
  • Grandes empresas: inversión mínima admitida de 1.500.000 €.

Las inversiones deberán ejecutarse dentro del plazo establecido en la resolución de concesión, respetando el calendario aprobado para cada proyecto.

Cada empresa podrá presentar una solicitud por convocatoria, que deberá incluir el conjunto del proyecto de inversión.

Sí. Dibertsifika contempla la subvención de terrenos y construcciones vinculados al proyecto, con el límite de que su importe no supere el del resto de activos subvencionables. La parte que exceda dicho límite no será considerada subvencionable.

La solicitud se presenta a través de la ficha del procedimiento en https://ayudas.spri.eus/dibertsifika/.

La solicitud es única para el conjunto de actuaciones previstas por la empresa e incorpora la firma electrónica de la persona con capacidad legal de representación.

Documentación que debe acompañar a la solicitud:

  • Memoria detallada de las inversiones, con compromiso firmado (si aplica), incluyendo: plan industrial, plan económico-financiero, plan laboral relacionado y plazos de realización.
  • Las dos últimas declaraciones del Impuesto sobre Sociedades (o IRPF, si procede) o las cuentas anuales y documentación adicional depositadas en el Registro Mercantil de los dos últimos ejercicios.
  • Evolución de plantilla de los tres últimos ejercicios, desagregada por categorías profesionales y sexo, junto con los informes de TGSS: “Informe: Plantilla Media de Trabajadores en Situación de Alta” de 12 y 36 meses anteriores a la publicación de la convocatoria.
  • Acreditación de condición de PYME (si aplica): datos de empleo, volumen de negocio y balance, incluyendo empresas asociadas/vinculadas y esquema del grupo, para los dos ejercicios anteriores.
  • Licencia de actividad clasificada, cuando la ejecución de la inversión esté condicionada a dicha licencia.
  • Si se han solicitado o recibido ayudas para las mismas inversiones, indicar entidades e importes.
  • Para subvenciones de más de 30.000 €, documentación para acreditar el cumplimiento de plazos de pago (morosidad) según la Ley 3/2004, por las vías previstas en la norma (certificación o documentación de auditoría/procedimientos acordados, según el caso).
  • Declaración responsable de cumplimiento de requisitos y veracidad de datos (incluye, entre otros, obligaciones tributarias/SS, no sobrefinanciación, etc.).

Las solicitudes se evalúan en régimen de concurrencia competitiva, priorizando aquellos proyectos que aporten un mayor impacto industrial y estratégico. La valoración se realiza en base a los criterios establecidos en la normativa del programa, entre los que se tienen en cuenta, de forma resumida:

  • Calidad y solidez del proyecto, analizando su coherencia técnica, económica y el grado de definición de las inversiones previstas.
  • Impacto industrial en Euskadi, especialmente en términos de refuerzo de la actividad productiva, diversificación, crecimiento y consolidación del proyecto empresarial.
  • Generación y mantenimiento de empleo, valorando tanto el empleo creado como su vinculación al proyecto y su estabilidad en el tiempo.
  • Viabilidad económica y financiera de la empresa, incluyendo su capacidad para afrontar la inversión y garantizar la ejecución del proyecto.
  • Contribución al fortalecimiento del tejido industrial, teniendo en cuenta el efecto tractor del proyecto y su alineación con los objetivos del programa.

Solo los proyectos que alcancen la puntuación mínima exigida y obtengan una mejor valoración relativa frente al resto de solicitudes podrán acceder a la ayuda, hasta agotar el presupuesto disponible.

La justificación de las inversiones se realiza una vez finalizado el proyecto, dentro del plazo que se indique en la resolución de concesión, y tiene como objetivo acreditar que las actuaciones se han ejecutado conforme a lo aprobado.

Con carácter general, la empresa deberá presentar:

  • Memoria justificativa de ejecución, donde se describan las inversiones realizadas y su adecuación al proyecto aprobado.
  • Relación detallada de los gastos e inversiones, identificando cada concepto subvencionable.
  • Facturas y documentos de valor probatorio equivalente, junto con los justificantes de pago correspondientes.
  • Documentación técnica complementaria, cuando proceda (por ejemplo, certificados de puesta en marcha, fotografías de instalaciones o maquinaria, o documentación que acredite la incorporación efectiva de los activos).
  • Información laboral, para acreditar el mantenimiento del empleo exigido por el programa y, en su caso, la creación de empleo vinculada al proyecto, en los términos y plazos establecidos en la normativa.

SPRI podrá realizar comprobaciones técnicas y económicas para verificar la correcta ejecución del proyecto y el cumplimiento de las condiciones de la ayuda.

El abono definitivo de la subvención quedará condicionado a la validación de esta documentación.

Podrán acceder a Dibertsifika las pequeñas y medianas empresas (PYMES) que cumplan los siguientes requisitos:

  • Desarrollar actividad industrial o de servicios conexos a la industria.
  • Disponer de un centro de actividad en Euskadi, donde se materialice la inversión subvencionable.
  • Realizar una inversión mínima de 200.000 €.
  • Aportar recursos propios (excluidas las subvenciones) por, al menos, el 25 % de la inversión subvencionable.
  • Comprometerse al mantenimiento del empleo durante el periodo exigido por el programa.
  • Acreditar la viabilidad técnica, económica y financiera del proyecto.

La intensidad máxima de la ayuda será del 10 % sobre la inversión subvencionable, pudiendo incrementarse según los criterios previstos (sector estratégico y/o carácter transformador).

El importe máximo de ayuda por empresa es de 1.000.000 €.

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