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Preguntas frecuentes sobre Programa Renove Smart Industry
Renove Smart Industry apoya proyectos orientados a la automatización y digitalización de procesos industriales, la incorporación de tecnologías de Industria Inteligente (Industria 4.0), la mejora de la competitividad industrial mediante inversión productiva avanzada.
El programa Renove Smart Industry impulsa inversiones orientadas a la automatización y digitalización de procesos productivos, la incorporación de tecnologías avanzadas de Industria 4.0, la mejora de la eficiencia, productividad y competitividad industrial de las empresas.
Pueden acceder al programa las pequeñas y medianas empresas (PYMES), de carácter industrial o de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial, que presenten proyectos de adquisición de maquinaria y/o equipamiento avanzado para Industria 4.0.
Además, deben cumplir la condición de PYME según la Recomendación 2003/361/CE, disponer de un centro de actividad en la CAE, estar dadas de alta en el IAE del País Vasco.
Sí. El programa Renove Smart Industry está dirigido a empresas industriales y a empresas de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial.
Esto incluye empresas de servicios que apoyan directamente la actividad productiva industrial, siempre que el proyecto esté vinculado a procesos industriales y a la implantación de tecnologías de Industria 4.0.
Sí. Es obligatorio que la empresa solicitante disponga de un centro de actividad en la Comunidad Autónoma del País Vasco, y el equipamiento objeto de ayuda deberá instalarse en ese centro.
Se consideran subvencionables: la adquisición de nueva maquinaria y/o equipamiento avanzado (hardware y software), los servicios de consultoría o ingeniería asociados a la implementación del proyecto de Industria 4.0.
Las inversiones deben estar directamente vinculadas al proyecto presentado.
Los proyectos deberán incorporar o hacer uso de tecnologías como:
- Big Data y analítica avanzada,
- Fabricación aditiva,
- Robótica avanzada y colaborativa,
- IIoT (Industrial Internet of Things),
- Inteligencia Artificial, Machine Learning o Deep Learning,
- Sistemas ciber-físicos,
- Realidad Virtual,
- Realidad Aumentada,
- Gemelos Digitales (Digital Twins).
Las ayudas del programa Renove Smart Industry se conceden en forma de subvención con las siguientes condiciones:
- Intensidad máxima de ayuda: 20 % sobre la inversión subvencionable.
- Importe máximo total por empresa: 75.000 €.
- Se pueden presentar una o varias solicitudes, respetando en todo caso el límite máximo total por empresa.
Tienen la consideración de gastos subvencionables la adquisición de maquinaria y/o equipamiento avanzado (hardware y software), los gastos de consultoría e ingeniería necesarios para la implementación del proyecto de Industria 4.0.
No se consideran subvencionables, entre otros el IVA repercutido en factura, la renovación o mejora de instalaciones existentes, los gastos financieros y de personal propio, la adquisición de terrenos, la compra de equipos usados, las inversiones realizadas con empresas del grupo o vinculadas.
Sí, cuando el importe del gasto supere las cuantías del contrato menor, y exista contratación con terceros. En ese caso, deberán solicitarse al menos tres ofertas, salvo que no exista suficiente oferta en el mercado, o el gasto se haya realizado con anterioridad a la concesión.
Sí, siempre que el proyecto cumpla las condiciones del programa.
En 2026, el gasto elegible debe acreditarse con pedido o contrato aceptado y el pago de al menos el 10% del presupuesto del proyecto presentado.
Las ayudas se conceden mediante procedimiento de concurrencia competitiva, conforme a los criterios de valoración establecidos en las bases reguladoras, y bajo el régimen de minimis.
Cuenta con un presupuesto total de 9.000.000 euros, financiado con cargo a los presupuestos de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial incluidos en los Presupuestos Generales de la CAE.
En el programa Renove Smart Industry deben tenerse en cuenta las siguientes limitaciones y exclusiones:
- No son subvencionables los gastos realizados con la propia empresa solicitante ni con empresas del grupo o vinculadas, directa o indirectamente.
- El IVA repercutido en factura no tiene la consideración de gasto subvencionable.
- La ejecución del proyecto puede subcontratarse total o parcialmente, incluso hasta el 100 %, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en las bases reguladoras.
- Los gastos de consultoría/ingeniería no pueden superar el 25% del presupuesto total del proyecto.
- La maquinaria/equipamiento deberá entregarse y ponerse en marcha a partir del 1 de enero de 2026 y, en todo caso, en los 12 meses siguientes a la presentación de la solicitud.
- La ayuda está sujeta al régimen de minimis (máximo 300.000 € en los tres años previos).
Sí, en la página de acceso a la aplicación para tramitar la ayuda está disponible una plantilla de la Memoria Técnico-Económica.
Sí, existe una plantilla a disposición para realizar el organigrama de la entidad.
No, la compra de licencias de software por sí sola no constituye una actuación subvencionable.
Sí, el gasto subvencionable se acreditará mediante pedido o contrato aceptado por las partes y el pago de al menos el 10% del presupuesto del proyecto presentado.