Asistencia a empresas
Consultoría empresarial para la empresa vasca
Este espacio centraliza información y vías de contacto para la empresa vasca, con el objetivo de facilitar el acceso a los recursos de SPRI.
Puedes comenzar por las preguntas frecuentes o contactar con el Servicio de Atención al Cliente, primer punto de apoyo para resolver o derivar tu consulta.
Preguntas frecuentes: resolvemos tus dudas
Preguntas frecuentes sobre Programa Barnekintzaile
¿Tienes una idea de proyecto empresarial innovador, tecnológico o industrial? (Línea 0)
Ayuda para desarrollar un Plan de Generación de Nuevos Negocios para:
- Personas jurídicas con domicilio social y/o al menos un centro de actividad en Euskadi.
- Plantilla igual o superior a 20 personas.
- Volumen anual de negocio mínimo de 2 millones de euros
¿Quieres avanzar con el proceso de maduración de la idea y elaborar el Plan de Empresa? (Línea 1)
Ayuda para el acompañamiento de la idea para:
- Personas jurídicas con domicilio social y/o al menos un centro de actividad en Euskadi.
- Portadoras de una idea de proyecto empresarial innovador, tecnológico, industrial o deservicios ligados al proceso.
¿Necesitas financiación para la puesta en marcha? (Línea 2)
Acceso a la financiación para materializar el plan de empresa para:
- Empresas de nueva creación, constituidas con posterioridad al 1 de enero de 2023.
- Que prevean la generación del al menos 3 empleos en el plazo de 3 años.
- Que tengan la condición de PYME.
- Que provengan de un proceso de intraemprendimiento.
- Nombre y apellidos y DNI o NIE del representante legal.
- Escritura de Constitución.
- Poder del representante.
- Tarjeta de identificación fiscal.
- Certificado de titularidad bancaria de la cuenta corriente.
- Declaración responsable del representante legal de la entidad firmada.
Adicionalmente, para la línea 0:
- Datos generales y el presupuesto estimado de gastos subvencionables.
- Documento de Relación de Liquidación de Cotizaciones y declaración del Impuesto de Sociedades del último ejercicio cerrado.
Adicionalmente, para la línea 1:
- Los datos generales y el presupuesto estimado de gastos y datos de previsión de inversión, facturación y empleo para los próximos tres años.
Adicionalmente, para la línea 2:
- Un ejemplar del Plan de Empresa.
- Un organigrama societario del grupo empresarial en caso de formar parte de uno.
- Documentación acreditativa de la condición de PYME.
- Para solicitudes de ayuda superiores a 30.000 euros, declaración responsable.
Conforme al orden de su presentación y mientras se disponga de crédito presupuestario.
Se establece un plazo máximo de resolución de 6 meses desde la fecha de presentación de la documentación completa. Si no hay respuesta, se entenderá como resolución desestimatoria.