Asistencia a empresas
Consultoría empresarial para la empresa vasca
Este espacio centraliza información y vías de contacto para la empresa vasca, con el objetivo de facilitar el acceso a los recursos de SPRI.
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Preguntas frecuentes: resolvemos tus dudas
Preguntas frecuentes sobre Programa Azpitek
Azpitek es un programa de ayudas impulsado por el Departamento de Industria, Transición energética y Sostenibilidad del Gobierno Vasco gestionado en colaboración con GrupoSPRI para apoyar la adquisición, instalación, renovación y actualización de infraestructuras y equipamiento de investigación, con el fin de reforzar las capacidades de I+D+i en Euskadi.
Pueden solicitar la ayuda los centros tecnológicos multifocalizados acreditados como agentes de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación (RVCTI).
Son subvencionables las actuaciones relacionadas con la adquisición, instalación, renovación y actualización de infraestructuras y equipamiento de investigación, incluida la obra civil vinculada y los elementos auxiliares necesarios para su funcionamiento.
Cuando la infraestructura o el equipamiento se destine a actividad económica, la ayuda podrá alcanzar hasta el 50 % de los gastos subvencionables.
Sí. En los casos en los que la infraestructura se utilice para actividad no económica, la ayuda puede alcanzar hasta el 100 % de los gastos subvencionables.
Se consideran subvencionables los costes de adquisición de infraestructuras y equipamiento de investigación, los accesorios necesarios, las licencias permanentes de software vinculadas al equipamiento y los gastos de auditoría de costes, con los límites establecidos.
Sí. La normativa contempla como subvencionable la obra civil vinculada a la edificación, remodelación o mejora de instalaciones destinadas a investigación.
Sí. La inversión mínima es de 100.000 € y la inversión máxima de 1.000.000 €, con excepciones previstas para proyectos de especial relevancia técnica.
Sí, se puede presentar, pero sólo los proyectos que obtengan una valoración superior a 90 puntos podrán superar el límite máximo, en los términos previstos en la normativa.
Las actuaciones deberán ejecutarse entre 2026 y el 31 de octubre de 2027, salvo autorización de ampliación conforme a la normativa reguladora.
Sí, siempre que se respeten los límites de intensidad de ayuda y no se supere el porcentaje máximo de financiación permitido.
Las ayudas se conceden mediante concurrencia competitiva, en función de la evaluación técnica de los proyectos presentados conforme a los criterios establecidos.
Si se destina a actividad económica y no económica, la no económica se puede subvencionar hasta el 100% y la económica hasta el 50%.
Infraestructuras de investigación que contribuyan a la transformación del tejido industrial de Euskadi.