Asistencia a empresas

Kaixo! Este es el punto de atención y acompañamiento a la empresa vasca

Aquí centralizamos la información, el asesoramiento y las vías de contacto para facilitar a las empresas vascas el acceso a ayudas, programas y servicios de apoyo a la competitividad.

Este espacio está pensado para que encuentres respuestas rápidas, plantees tus dudas o te dejes guiar según el momento en el que se encuentre tu empresa.

Tanto si buscas información concreta como si necesitas orientación para avanzar, aquí tienes diferentes formas de interactuar y recibir apoyo.

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Preguntas frecuentes: resolvemos tus dudas

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre Programas de ayudas, financiación e inversiones

Con carácter general, se prevé que el país de la Fase 3 sea el mismo que el de la Fase 2 en modalidad A, aunque se contemplan cambios sujetos a aprobación y disponibilidad presupuestaria.

El programa Renove Smart Industry impulsa inversiones orientadas a la automatización y digitalización de procesos productivos, la incorporación de tecnologías avanzadas de Industria 4.0, la mejora de la eficiencia, productividad y competitividad industrial de las empresas.

Sí. El programa Ekintzaile está orientado a apoyar la maduración de la idea y la elaboración del Plan de Empresa. No es necesario partir de un proyecto completamente definido, ya que el acompañamiento subvencionable tiene como objetivo analizar su viabilidad y preparar su puesta en marcha, con la tutela de un Business Innovation Center (BIC).

Sí. Se admiten actuaciones ya iniciadas siempre que el gasto esté devengado entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, aunque hayan comenzado antes de la publicación de la convocatoria.

Se consideran subvencionables los costes de adquisición de infraestructuras y equipamiento de investigación, los accesorios necesarios, las licencias permanentes de software vinculadas al equipamiento y los gastos de auditoría de costes, con los límites establecidos.

La línea 2 financia acciones complementarias clave de impulso a la innovación, como actuaciones de acompañamiento técnico ofrecidas por los BDIH y acciones de gestión avanzada – KUDEABIDE.

Porque aplicar esta metodología permite a las empresas alinear su gestión del dato con un estándar reconocido, lo que facilita posteriormente acreditar la certificación UNE.

Seguir estas especificaciones garantiza que las mejoras recomendadas sean rigurosas, medibles y comparables, y que la empresa pueda demostrar con evidencia su nivel de madurez ante clientes, socios o administraciones.

Además, disponer de una evaluación basada en normas UNE refuerza la credibilidad, la confianza y la ventaja competitiva de la empresa en licitaciones o proyectos donde la calidad del dato es un requisito clave.

Las grandes empresas podrán ser beneficiarias de Dibertsifika siempre que cumplan los requisitos generales del programa y, además, las siguientes condiciones específicas:

  • Realizar una inversión mínima admitida de 1.500.000 €.
  • Aportar recursos propios (excluidas las subvenciones) por, al menos, el 25 % de la inversión susceptible de apoyo.
  • Comprometerse al mantenimiento del empleo en los términos establecidos en la normativa.
  • Localizar las inversiones objeto de la ayuda en la Zona Margen Izquierda Ampliada de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

 

 

Si suspendes el posgrado o no superas alguna evaluación de la Fase 1, no podrás pasar a las siguientes fases. Para continuar el itinerario es necesario superar todas las evaluaciones y contar con una valoración positiva del curso.

Renove Smart Industry apoya proyectos orientados a la automatización y digitalización de procesos industriales, la incorporación de tecnologías de Industria Inteligente (Industria 4.0), la mejora de la competitividad industrial mediante inversión productiva avanzada.

Se consideran subvencionables, siempre que superen 100 euros, los gastos de formación vinculada al proyecto, consultoría y asistencia técnica externa, estudios de prospección y documentación, asistencia a ferias y viajes de prospección comercial, realización de maquetas y prototipos, así como otros gastos complementarios o accesorios, siempre que estén directamente vinculados al proyecto y se realicen dentro de los plazos establecidos en las bases.

Memoria de ejecución, relación de gastos, facturas y justificantes de pago; billetes y/o alojamiento para viajes; y subsanación en 10 días si se requiere.

Sí. La normativa contempla como subvencionable la obra civil vinculada a la edificación, remodelación o mejora de instalaciones destinadas a investigación.

En la línea 1 se apoyan proyectos de innovación en sectores estratégicos del Plan de Industria – Euskadi 2030, incluyendo proyectos de desarrollo en TRLs altos (7–9), incorporación de tecnologías, nuevas metodologías en procesos de negocio y proyectos de nuevos modelos de negocio.

Depende del tamaño de la empresa:

  • Pequeñas empresas: entre 4 y 6 semanas.
  • Medianas empresas: entre 6 y 8 semanas.
  • Grandes empresas: entre 8 y 10 semanas.

El proceso incluye reuniones, sesiones de análisis y la entrega de un informe final con resultados y hoja de ruta.

En primer lugar, necesitas disponer de un Plan de Empresa cuya elaboración haya sido tutelada o bien haya obtenido el visto bueno de un Business Innovation Center (BIC).

Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva. Una vez presentada la solicitud, SPRI la asignará a un BIC, que podrá requerir información adicional y emitirá un informe para la evaluación.

Los BICs participan como entidades colaboradoras en la gestión del Programa. Puedes contactar con tu BIC más cercano:

Araba

  • BIC ARABA: Centro de Empresas e Innovación de Álava (Arabako eraberrikuntza-industrialdea A.B.)

Bizkaia

  • Centro de Desarrollo Empresarial Margen Izquierda (BIC Bizkaia Ezkerraldea)
  • BEAZ

Gipuzkoa

  • BIC Gipuzkoa Berrilan
  • Saiolan

El programa Renove Smart Industry es un programa de ayudas destinado a fomentar inversiones en nueva maquinaria y/o equipamiento avanzado (hardware y software) en empresas industriales y de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial de la Comunidad Autónoma de Euskadi, para la implementación de proyectos de Industria 4.0.

Sí. Los gastos asociados a maquetas y prototipos no podrán superar el 25 % del presupuesto total aprobado del proyecto.

1) Documentación general (todas las solicitantes)

  • Solicitud telemática firmada por la representación legal con poder suficiente.
  • Escrituras y poder de representación de la entidad.
  • Certificado de titularidad bancaria de la cuenta para el abono.
  • Certificados de estar al corriente en Hacienda y Seguridad Social (si no autorizas la verificación de oficio).
  • Declaración responsable (modelo normalizado).
  • Información adicional:
    • Ayudas de minimis de los 3 últimos años.
    • Otras ayudas solicitadas o concedidas para el mismo proyecto.
    • Datos para el tamaño de empresa (empleo, cifra de negocio, balance) e información del grupo y empresas vinculadas/asociadas (dos últimos ejercicios).
  • Acreditación de plazos de pago (solo si la subvención supera 30.000 €): declaración responsable o certificado ROAC.
  • Memoria y presupuesto con relación de actividades y desglose por tipo de gasto.
  • Si procede, acreditación de pertenencia al Global Compact.

2) Grupos de cooperación (requisito adicional)

  • Acuerdo de colaboración o documento que acredite el compromiso entre empresas (Anexo 2).
  • Plan de actuación del grupo.
  • Si se solicita gasto de constitución, adjuntar contrato y/o presupuesto del servicio externo.

Proyectos transformadores: proyectos de investigación industrial, desarrollo experimental y adquisición de infraestructuras de ensayo y experimentación de carácter transformador y considerados diferenciales y únicos por sus características y particularidades, alineados con las prioridades estratégicas del Plan de Industria – Euskadi 2030, y suponen la mejora de la competitividad en los sectores estratégicos IRABAZI y HAZI y de la imagen de la CAE como potencia industrial innovadora.

Proyectos estratégicos: proyectos de investigación industrial o desarrollo experimental de carácter estratégico enmarcados en los sectores establecidos como estratégicos en el Plan de Industria – Euskadi 2030, que fomenten una colaboración público-privada en Investigación y Desarrollo Tecnológico e Innovación, de forma que ejerzan un efecto tractor sobre la economía del País Vasco, favoreciendo la intervención de las Pymes y el acceso al Programa Horizonte Europa.

Proyectos competitivos: proyectos de investigación industrial o desarrollo experimental dirigidos al desarrollo de nuevos productos, procesos o servicios o que permitan mejorar considerablemente los ya existentes.

Sí. La inversión mínima es de 100.000 € y la inversión máxima de 1.000.000 €, con excepciones previstas para proyectos de especial relevancia técnica.

Para las acciones de gestión avanzada – KUDEABIDE (incluidas en la línea 2), la empresa deberá disponer de una plantilla media de al menos 50 empleos en los 12 meses previos a la presentación de la solicitud.

Las consultoras encargadas son empresas homologadas por SPRI y BAIC, con experiencia contrastada en gobernanza del dato, analítica y transformación digital.

SPRI asigna la consultora tras la validación de la solicitud, asegurando imparcialidad y especialización.

Solo se financiará la colaboración externa y asesoría técnica expertas vinculadas específicamente al desarrollo del proyecto.

De forma que no formarán parte de estos gastos subvencionables, entre otros, los correspondientes a colaboraciones externas y asesorías técnicas referidas a la propia gestión empresarial, como las relacionadas con los servicios de auditoría, contabilidad, o el asesoramiento financiero o en el ámbito del derecho laboral o del derecho tributario.

Además, las empresas externas subcontratadas en el ámbito del proyecto deberán cumplir estas condiciones:

  • No tener la consideración de ente del sector público.
  • No tener vinculación con la solicitante (ni por acciones/participaciones, ni por estar administradas directa o indirectamente por la solicitante —o por alguna de las empresas incluidas en un proyecto de cooperación).

En el programa Renove Smart Industry deben tenerse en cuenta las siguientes limitaciones y exclusiones:

  • No son subvencionables los gastos realizados con la propia empresa solicitante ni con empresas del grupo o vinculadas, directa o indirectamente.
  • El IVA repercutido en factura no tiene la consideración de gasto subvencionable.
  • La ejecución del proyecto puede subcontratarse total o parcialmente, incluso hasta el 100 %, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en las bases reguladoras.
  • Los gastos de consultoría/ingeniería no pueden superar el 25% del presupuesto total del proyecto.
  • La maquinaria/equipamiento deberá entregarse y ponerse en marcha a partir del 1 de enero de 2026 y, en todo caso, en los 12 meses siguientes a la presentación de la solicitud.
  • La ayuda está sujeta al régimen de minimis (máximo 300.000 € en los tres años previos).

Con carácter general, el IVA repercutido en factura no tiene la consideración de gasto subvencionable. Únicamente será subvencionable en el caso de personas físicas que no tengan la condición de autónomas.

Sí, se apoyan los gastos de gestión y preparación de ofertas cuando la ejecución esté planteada en cooperación.

Los criterios de evaluación son: Orientación estratégica de investigación, Potencial de transferencia científico-tecnológica, Impacto en la transformación de la economía vasca, Esquema de financiación adecuado, Metodología adecuada y gobernanza, Equipo humano y Conectividad.

Se basan en un liderazgo industrial con alto impacto económico y estratégico en Euskadi, generando un impacto significativo en la economía vasca, con inversiones y costes operativos superiores a 20 M€, que impliquen la creación de empleo de calidad, el fortalecimiento del tejido empresarial, o la atracción de inversiones.

Los proyectos transformadores tienen capacidad para generar efectos tractores a lo largo de la cadena de valor o sinergias transversales con empresas y agentes de otros sectores, contando con el apoyo de las Organizaciones Dinamizadoras de Clústeres (ODCs), promoviendo transformaciones estructurales mediante un enfoque integral e interconectado.

Los proyectos transformadores muestran un alto grado de innovación en relación con el estado actual del conocimiento o la tecnología en su ámbito, y se desarrollan en colaboración con agentes de la Red Vasca de Ciencia Tecnología e innovación (RVCTI), generando soluciones con potencial transformador en el sector o mercado objetivo.

Sí, se puede presentar, pero sólo los proyectos que obtengan una valoración superior a 90 puntos podrán superar el límite máximo, en los términos previstos en la normativa.

Los requisitos para ser beneficiaria deberán mantenerse desde la presentación de la solicitud hasta el último pago de la subvención.

No podrán acceder, entre otras, las entidades del sector público, las empresas en crisis, las entidades pertenecientes a la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación, las entidades de investigación ni los agentes intermedios, en los términos establecidos en las bases.

El modelo IKANOS es un sistema que permite diagnosticar y evaluar las Competencias Digitales Profesionales de los empleados de una empresa para definir un plan de mejora mediante acciones formativas establecidas en base a objetivos reales que permitan mejorar la competitividad empresarial y el desarrollo personal y profesional de las personas que componen la organización.

Un informe completo con su nivel de madurez del dato, las fortalezas y debilidades detectadas y una hoja de ruta de mejora personalizada, que sirve como guía práctica para planificar proyectos futuros de digitalización e inteligencia artificial.

No. Hazten+ solo apoya la contratación laboral de personal de nueva incorporación (nuevas contrataciones), vinculado al desarrollo del proyecto.

Como máximo se subvencionarán 2 nuevas incorporaciones, y en la memoria del proyecto deben detallarse las tareas que aportará cada perfil.

Para que el gasto de personal sea subvencionable, las personas contratadas deben cumplir estos requisitos:

  • Ser personal de nueva incorporación (no vale personal existente).
  • No pertenecer al equipo promotor y complementar sus capacidades.
  • Desarrollar su trabajo en la CAE.
  • Tener experiencia académica y profesional acorde a las funciones buscadas y encajar en categorías con alto grado de autonomía, iniciativa y responsabilidad.
  • No se subvenciona la contratación de personas socias de la nueva empresa ni el traslado de personas de empresas del mismo grupo.

La subvención por este concepto es de hasta 35.000 € por persona (a jornada completa equivalente) y hasta 70.000 € en total por gastos de personal.

Además, ten en cuenta que para solicitar la ayuda, tu empresa debe prever la generación de al menos 3 empleos en el plazo de 3 años, como parte de la planificación del proyecto/Plan de Empresa.

Cuenta con un presupuesto total de 9.000.000 euros, financiado con cargo a los presupuestos de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial incluidos en los Presupuestos Generales de la CAE.

Sí, en la página de acceso a la aplicación para tramitar la ayuda está disponible una plantilla de la Memoria Técnico-Económica.

Empresas con centro de actividad en Euskadi que no pueden contratar actualmente una conexión ultrarrápida en su ubicación y necesitan financiar la cuota de alta y el despliegue asociado para habilitarla.

Las empresas externas deberán no pertenecer al sector público y no tener vinculación societaria ni de administración con la entidad solicitante, desde el inicio del proyecto y hasta los tres años posteriores a su finalización.

Sí. Hasta 3 misiones directas por país, con una bolsa de viaje por entidad; y hasta 3 misiones inversas por país, con máximo 10 invitaciones por misión.

Debe solicitarse telemáticamente en la aplicación “I+D+i” por parte del líder con la conformidad del resto de entidades y dirigirla a la Viceconsejería de Tecnología, Innovación y Transformación Digital.

Debe realizarse con una antelación mínima de dos meses antes de la fecha de finalización del plazo de ejecución inicialmente previsto. De autorizarse el aplazamiento, será con carácter excepcional y ello conllevará un retraso en el pago de la ayuda que corresponda

Si deseas recibir información actualizada sobre las próximas convocatorias y formaciones disponibles, puedes suscribirte a nuestra lista de correo rellenando el formulario de contacto.

Las actuaciones deberán ejecutarse entre 2026 y el 31 de octubre de 2027, salvo autorización de ampliación conforme a la normativa reguladora.

Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva, en función de la evaluación de los proyectos presentados. En la resolución de concesión:

  • Se comunicará la relación de proyectos subvencionados, la entidad beneficiaria, el presupuesto aprobado y la subvención concedida.
  • Se comunicará la relación de proyectos desestimados o excluidos.
  • También se informará a la entidad beneficiaria de los sucesivos pasos a seguir hasta la finalización del expediente y de la documentación que deberá aportarse en la fase de justificación.

Podrán acceder a las ayudas las pymes que dispongan de un centro de actividad industrial o de servicios conexos en la Comunidad Autónoma del País Vasco, donde el proyecto tenga impacto y se realicen las actuaciones subvencionables, y que figuren de alta en el IAE del País Vasco.

El proyecto puede incluir todas las personas que necesites pero la subvención se limita a un máximo de 27 personas pertenecientes al equipo de trabajo de la empresa.

Cualquier modificación de datos deberá solicitarse, a través del canal habilitado en este enlace, aportando la documentación justificativa correspondiente.

No. La no calificación como ayudas de minimis, se debe al interés de que las entidades beneficiarias de las ayudas no sean aquellas que ya han sido favorecidas por otros programas de ayudas, para los mismos gastos subvencionables.

Las ayudas se conceden mediante procedimiento de concurrencia competitiva, conforme a los criterios de valoración establecidos en las bases reguladoras, y bajo el régimen de minimis.

Sí, existe una plantilla a disposición para realizar el organigrama de la entidad.

La cuota de alta única del operador y los trabajos de despliegue necesarios para poner en marcha el servicio sobre red pública en tu emplazamiento.

NO se financian las cuotas mensuales del servicio, cualquier pago periódico (bonos, ampliaciones temporales, etc.) y el IVA. Tampoco se admiten sobrecostes por encima de precios de mercado.

No. No se consideran gastos subvencionables los productos, servicios o trabajos realizados por la propia entidad solicitante ni por empresas del grupo o vinculadas, directa o indirectamente.

Constitución y asesoramiento jurídico-fiscal-financiero; elaboración del plan o estrategia conjunta; prospección de mercados (un estudio por mercado); propiedad industrial y homologaciones obligatorias; gastos transversales compartidos; selección de agente/representante.

Los cursos tienen un aforo reducido para garantizar que puedas recibir una atención personalizada y para asegurarnos de resolver tus dudas de manera efectiva.

Sí, siempre que se respeten los límites de intensidad de ayuda y no se supere el porcentaje máximo de financiación permitido.

La ejecución deberá comenzar con posterioridad a la presentación de la solicitud y deberá implantarse en un plazo máximo de 12 meses desde la fecha de inicio declarada, y en cualquier caso antes del 30 de julio de 2027.

El programa contempla dos líneas: la línea 1, centrada en proyectos de innovación en sectores estratégicos del Plan de Industria – Euskadi 2030; y la línea 2, orientada a acciones complementarias clave de impulso a la innovación, incluyendo acompañamiento técnico BDIH y acciones de gestión avanzada – KUDEABIDE.

Empresas de cualquier tamaño y sector que cumplan estas condiciones:

  • Tener actividad económica en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
  • Estar legalmente constituidas en el momento de presentar la solicitud.
  • Tener centros de trabajo en Euskadi.
  • Desarrollar proyectos dirigidos a mejorar las competencias digitales en ciberseguridad de las personas que forman parte de la empresa.

No pueden acceder:

  • Las personas físicas (autónomos/as sin personal contratado).
  • Las entidades sin ánimo de lucro.
  • Las administraciones públicas y sus organismos dependientes.
  • Las agrupaciones temporales de empresas (UTE).
  • Las empresas en crisis, según la definición comunitaria.

En estos casos, deberá presentarse un certificado negativo de la Tesorería General de la Seguridad Social que acredite que la empresa no tiene personal contratado en el momento de la solicitud.

Sí, Hazten + da continuidad al apoyo brindado a los proyectos beneficiarios del programa Ekintzaile y Barnekintzaile.

Además, se complementa con otros programas destinados a apoyar la financiación de proyectos de alto potencial como Basque Fondo, AURRERA, Gauzatu Industria, Basque Tek Ventures, Renove Industria 4.0.

Sí, siempre que el proyecto cumpla las condiciones del programa.

En 2026, el gasto elegible debe acreditarse con pedido o contrato aceptado y el pago de al menos el 10% del presupuesto del proyecto presentado.

No, la compra de licencias de software por sí sola no constituye una actuación subvencionable.

Puedes iniciar el proyecto antes de recibir la resolución, siempre que los gastos se devenguen o facturen a partir del 1 de enero de 2026 y dentro del plazo máximo de ejecución del proyecto, que no podrá superar los 12 meses.

Sin embargo, comenzar el proyecto no garantiza la concesión de la ayuda. Tu empresa asume el riesgo de que la solicitud pueda ser denegada si no cumple todos los requisitos establecidos en las bases.

  • Oferta del operador con desglose de cuota de alta y tarifas mensuales comparables a zonas con competencia.
  • Detalle de los trabajos de despliegue previstos.
  • Declaración de minimis de los últimos 3 años.
  • Datos de la empresa (IAE/epígrafe, centro en Euskadi) y IBAN para pago.
  • Tres ofertas si el importe supera contrato menor (o justificación de la excepción).

Con carácter general, los gastos deben ser posteriores a la solicitud de la ayuda y ejecutarse en un plazo máximo de 18 meses desde la concesión.
De forma excepcional, podrán considerarse subvencionables gastos realizados con posterioridad al 1 de enero de 2026, siempre que así se recoja expresamente en la resolución.

Las sesiones se realizan en formato de webinar en directo a través de la plataforma Zoom, lo que te permite participar desde cualquier lugar con conexión a Internet.

Las ayudas se conceden mediante concurrencia competitiva, en función de la evaluación técnica de los proyectos presentados conforme a los criterios establecidos.

No. No se considerarán elegibles las facturas que no cumplan los plazos de pago previstos en la normativa de lucha contra la morosidad.

El programa está orientado a fomentar, mediante dos líneas de actuación, la innovación de producto y/o proceso en las pymes industriales y de servicios conexos ligados ubicadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco, enmarcadas en los sectores estratégicos del Plan de Industria – Euskadi 2030:

  • IRABAZI (componentes de automoción, energía, fabricación avanzada, metalurgia y movilidad sostenible).
  • HAZI (aeroespacial, biosanitario, soluciones digitales avanzadas, redes inteligentes y almacenamiento, y combustibles renovables).
  • JAUZI (empresas en otros sectores con potencial de liderazgo en su mercado).

Sí. Deberás seleccionar una Consultora Especializada de entre las entidades adjudicatarias habilitadas por SPRI para prestar este servicio.

Esa consultora será la encargada de realizar el diagnóstico de competencias digitales en ciberseguridad de tu plantilla y de elaborar el plan de trabajo personalizado que deberás presentar junto con la solicitud.

No. Dibertsifika apoya inversiones en activos nuevos, por lo que no se considera subvencionable la adquisición de maquinaria o equipamiento de segunda mano.

  1. Nombre y apellidos y Número del Documento Nacional de Identidad (DNI) o Número de Identificación de Extranjero (NIE) del representante legal de la entidad.
  2. Escritura de Constitución de la Sociedad y en su caso modificaciones de la misma.
  3. Poder del representante de la Sociedad.
  4. Tarjeta de identificación fiscal.
  5. Certificado de titularidad bancaria de la cuenta corriente facilitada.
  6. Declaración responsable del representante legal de la entidad.
  7. El certificado de plantilla media anual y declaración del Impuesto sobre Sociedades correspondientes al último ejercicio cerrado
  8. Los datos generales (origen del proyecto, producto o servicio a desarrollar, mercado objetivo) y el presupuesto estimado de gastos subvencionables y los datos de previsión de inversión, facturación y empleo para los próximos tres años.
  9. Para solicitudes de ayuda superiores a 30.000 euros, Declaración Responsable, certificado de auditor inscrito en el ROAC o Informe de Procedimientos Acordados.
  10. Un ejemplar del Plan de Empresa.
  11. Documentación acreditativa de la condición de pequeña empresa de la entidad solicitante.

SPRI podrá solicitar a la entidad solicitante otra documentación y/o información complementaria cuando se considere necesaria para la adecuada comprensión, evaluación y tramitación de la solicitud presentada.

Sí, cuando el importe del gasto supere las cuantías del contrato menor, y exista contratación con terceros. En ese caso, deberán solicitarse al menos tres ofertas, salvo que no exista suficiente oferta en el mercado, o el gasto se haya realizado con anterioridad a la concesión.

Sí, el gasto subvencionable se acreditará mediante pedido o contrato aceptado por las partes y el pago de al menos el 10% del presupuesto del proyecto presentado.

Las empresas beneficiarias de este programa deben ser empresas industriales o de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial, disponer de un centro de actividad en la Comunidad Autónoma del País Vasco, en el que el proyecto tenga impacto y se realicen las actuaciones subvencionables, y figurar de alta en el IAE del País Vasco.

Quedan excluidas:
  • Las empresas que desarrollen actividad en los sectores agrario, alimentario, pesquero y forestal.
  • Entidades adscritas a la Red Vasca de Ciencia Tecnología e Innovación (RVCTI) ni a Redes de I+D de naturaleza similar.
  • Entidades que formen parte del sector público.

Se aplica concesión sucesiva: se atienden por orden de llegada de expediente completo hasta agotar crédito. No hay “puntuación”; se verifica que cumples requisitos y que la oferta es elegible y razonable.

El programa Ekintzaile dispone en 2026 de un presupuesto total de 3.500.000 euros, financiado con cargo a los presupuestos de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial.

Cada curso tiene una duración aproximada de 2 horas.

Si se destina a actividad económica y no económica, la no económica se puede subvencionar hasta el 100% y la económica hasta el 50%.

Cuando el gasto subvencionable supere las cuantías del contrato menor y se contrate con terceros, la beneficiaria deberá solicitar al menos tres ofertas de diferentes proveedores y justificar la elección conforme a criterios de eficiencia y economía.

Se considera que un proyecto tiene carácter transformador si:

  • está alineado con el Plan de Industria – Euskadi 2030,
  • tiene un impacto real en la economía vasca más allá de la propia empresa y ayuda a generar nuevas oportunidades para el tejido industrial,
  • impulsa el desarrollo de productos y servicios de mayor valor añadido, favorece la exportación tecnológica y refuerza la proyección internacional de la empresa, contribuyendo también a la autonomía estratégica europea.

En el programa “Competencias Digitales Profesionales en Ciberseguridad”, no existe una solicitud de liquidación como en las ayudas económicas tradicionales, ya que no se subvenciona un gasto realizado por la empresa, sino que se ofrece un servicio gratuito prestado directamente por SPRI.

No tienes que justificar gastos, presentar facturas ni solicitar el reembolso de ninguna inversión. No obstante, una vez finalizado el servicio de asesoramiento, se entenderá que la ayuda ha sido completamente ejecutada y será necesario cerrar formalmente el expediente a través de una solicitud de liquidación, con los siguientes elementos:

Deberás presentar la solicitud de liquidación en la web de SPRI en un plazo máximo de 90 días naturales desde la finalización del servicio.

La solicitud deberá estar firmada electrónicamente por la persona que posea poder suficiente para representar a la empresa.

Deberá incluir:

  • Datos de identificación de la empresa y su representante legal.
  • Número efectivo de personas de la plantilla que han participado en el proyecto.
  • Una breve valoración del servicio recibido.

También deberás firmar una declaración responsable confirmando la correcta recepción del asesoramiento y tu disposición a colaborar en el seguimiento del impacto del programa.

En el caso de inversiones financiadas mediante leasing, deberá aportarse el contrato correspondiente y la documentación que acredite que la opción de compra se ejerce dentro del periodo establecido y en las condiciones exigidas por la normativa.

Pueden solicitarla personas jurídicas con al menos un centro de actividad en la CAE, para un proyecto que se desarrolle en Euskadi y que encaje en una de estas dos tipologías:

  • Proyectos empresariales innovadores y/o de base tecnológica, con orientación industrial y/o de servicios conexos ligados al producto-proceso.
  • También podrán ser subvencionables proyectos empresariales intensivos en conocimiento, más allá de la esfera industrial, siempre que se trate de iniciativas basadas en conocimiento especializado y con una aplicación práctica clara en nuevos productos, servicios, procesos o modelos de negocio.

Además, necesitas contar con un Plan de Empresa cuya elaboración haya sido tutelada o que haya obtenido el visto bueno de un Business Innovation Center (BIC).

Y, junto a lo anterior, tu empresa debe cumplir estos requisitos:

  • Ser de nueva creación: constituida e inscrita desde el 1 de enero de 2023 (en el caso de empresas biotecnológicas, desde enero de 2021).
  • Prever la generación de al menos 3 empleos en 3 años.
  • Tener condición de pequeña empresa.
  • Estar de alta en el epígrafe correspondiente epígrafe de actividad empresarial del Impuesto sobre Actividades Económicas en la CAE.
  • Contar con un capital social (o capital social más prima) mínimo de 30.000 € y no superior a 1.000.000 €, totalmente desembolsado e inscrito antes de presentar la solicitud.
  • No cotizar en bolsa.
  • No haber distribuido beneficios ni distribuirlos hasta el momento de la liquidación de las ayudas.
  • No haberse hecho cargo de la actividad de otra empresa.
  • Comprometerse a materializar el Plan de Empresa tutelado o validado por un BIC, a través de los Programas Ekintzaile y Barne-Ekintzaile, o, en su caso, Planes de Empresa que tuvieran el visto bueno de dichos BICs.

No se consideran subvencionables, entre otros el IVA repercutido en factura, la renovación o mejora de instalaciones existentes, los gastos financieros y de personal propio, la adquisición de terrenos, la compra de equipos usados, las inversiones realizadas con empresas del grupo o vinculadas.

No, en este caso deberá aportarse el leasing formalizado y el compromiso de compra firmado por la entidad financiera y la empresa.

Sí, siempre que tengan actividad industrial o de servicios conexos, dispongan de un centro de actividad en Euskadi en el que se realice el proyecto y estén dadas de alta en el IAE del País Vasco.
El tamaño de la empresa no es un criterio excluyente: pueden solicitar la ayuda microempresas, pymes, grandes empresas, startups y personas trabajadoras autónomas, siempre que cumplan las condiciones anteriores.

Hasta el 90% del gasto elegible con tope de 30.000 € por empresa (régimen minimis, límite acumulado 300.000 € en 3 años).

No acumulable con otras ayudas para el mismo fin.

La ayuda del programa Ekintzaile tiene un límite máximo absoluto de 30.000 € por proyecto.
La intensidad de la subvención varía según el tipo de proyecto y quién lo impulse.

En proyectos de emprendimiento (Línea 1):

  • Subvención de hasta el 100 % de los gastos subvencionables.
  • Importe máximo: 30.000 € por proyecto.

En proyectos de intraemprendimiento (Línea 2):

  • Subvención de hasta el 70 % de los gastos subvencionables.
  • Esta intensidad puede ampliarse hasta el 100 % si se constituye una nueva empresa dentro del plazo de ejecución.
  • Importe máximo en todos los casos: 30.000 € por proyecto.

No, todos los cursos ofrecidos por Mikroenpresa Digitala Prestakuntza son completamente gratuitos. No tendrás que pagar nada por inscribirte ni por acceder a los contenidos impartidos en cada sesión.

Infraestructuras de investigación que contribuyan a la transformación del tejido industrial de Euskadi.

No. En ninguna de las líneas son elegibles los gastos de consultoría de gestión de la subvención.

Sí. En aquellos casos en los que ninguno de los agentes del BDIH pueda dar respuesta a las necesidades específicas de la pyme solicitante, podrá considerarse la colaboración con la red EDIH.

Esta colaboración deberá estar debidamente justificada y orientada a garantizar el acceso a servicios de innovación digital especializados, así como la correcta ejecución del proyecto presentado.

Las entidades beneficiarias deberán justificar la ejecución del proyecto al menos una vez por semestre a través de la aplicación informática de SPRI.
Esto significa que, durante el periodo de ejecución del proyecto, deberás presentar una liquidación semestral, independientemente del estado del proyecto o del volumen de gasto ejecutado.
Además:

  • Si desde la aprobación de la ayuda hasta final de año transcurren más de tres meses, deberás presentar al menos una liquidación en ese mismo año.
  • La liquidación final deberá presentarse dentro de los 3 meses siguientes a la finalización del proyecto, y en todo caso antes del 11 de diciembre de 2027.
  • Si no presentas al menos una liquidación semestral, perderás la condición de entidad beneficiaria.

El plazo máximo para ejecutar el proyecto es de 6 meses, contados desde la fecha de notificación de la resolución de concesión.

Durante ese periodo se deberá realizar todo el proceso: diagnóstico, asesoramiento y elaboración del plan de mejora.

Este plazo puede ampliarse si hay causas justificadas, pero solo si SPRI lo autoriza expresamente.

La inversión mínima exigida depende del tamaño de la empresa:

  • Pymes: inversión mínima admitida de 200.000 €.
  • Grandes empresas: inversión mínima admitida de 1.500.000 €.

La justificación se realiza mediante solicitudes de liquidación a través de la aplicación informática de SPRI, con este calendario:

  • 1.ª solicitud de liquidación: antes del 31 de diciembre de 2026. Si no se presenta en plazo, se pierde la condición de beneficiaria.
    Si la resolución de concesión se emite a partir del 1 de noviembre de 2026, no es necesario presentar esta primera liquidación.
  • 2.ª solicitud de liquidación: antes del 31 de octubre de 2027. Si no se presenta, se pierde la condición de beneficiaria.
  • Solicitud de liquidación final: en un plazo máximo de 3 meses desde la finalización del proyecto y, en todo caso, antes del 31 de octubre de 2028.

El abono de las liquidaciones se gestiona a través de SPRI en función del informe emitido por el BIC.

Tienen la consideración de gastos subvencionables la adquisición de maquinaria y/o equipamiento avanzado (hardware y software), los gastos de consultoría e ingeniería necesarios para la implementación del proyecto de Industria 4.0.

Actuaciones orientadas a la cooperación empresarial, la innovación, la mejora de la competitividad sectorial y, cuando proceda, la internacionalización, siempre que estén recogidas en el PEC y el PAC.

Sí, siempre que cumplas los requisitos de cada convocatoria anual y que no superes el límite de 300.000 € de ayudas de minimis en tres años. En cada convocatoria, la ayuda máxima por empresa es de 100.000 €.

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