Asistencia a empresas

Kaixo! Este es el punto de atención y acompañamiento a la empresa vasca

Aquí centralizamos la información, el asesoramiento y las vías de contacto para facilitar a las empresas vascas el acceso a ayudas, programas y servicios de apoyo a la competitividad.

Este espacio está pensado para que encuentres respuestas rápidas, plantees tus dudas o te dejes guiar según el momento en el que se encuentre tu empresa.

Tanto si buscas información concreta como si necesitas orientación para avanzar, aquí tienes diferentes formas de interactuar y recibir apoyo.

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Información clara, ordenada y adaptada a tu empresa, a través de una conversación guiada

industrIA es un asistente basado en IA generativa que te permite acceder a información sobre programas de ayudas de forma más ágil, estructurada y coherente, sin tener que navegar por múltiples documentos o normativas.

A través de una conversación, industrIA ordena la información en función de las necesidades de tu empresa, ayudándote a comprender qué opciones existen, cuáles pueden encajar contigo y qué aspectos son relevantes en tu caso.

No se trata solo de responder preguntas, sino de organizar el conocimiento para que puedas avanzar con mayor claridad.

En este momento, industrIA está especializada en programas de ayudas, y evoluciona progresivamente para ampliar su capacidad de acompañamiento.

 

Con industrIA obtendrás:

  • Información fiable y alineada con los contenidos oficiales de los programas de ayudas.
  • Agilidad en el acceso, sin recorridos complejos ni lectura de múltiples documentos.
  • Orientación conversacional que sustituye búsquedas fragmentadas por un diálogo guiado.
  • Orden y priorización de la información según el perfil y las necesidades de tu empresa.
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Preguntas frecuentes: resolvemos tus dudas

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre Programas de ayudas, financiación e inversiones

Cuenta con un presupuesto total de 9.000.000 euros, financiado con cargo a los presupuestos de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial incluidos en los Presupuestos Generales de la CAE.

Sí, en la página de acceso a la aplicación para tramitar la ayuda está disponible una plantilla de la Memoria Técnico-Económica.

Empresas con centro de actividad en Euskadi que no pueden contratar actualmente una conexión ultrarrápida en su ubicación y necesitan financiar la cuota de alta y el despliegue asociado para habilitarla.

Las empresas externas deberán no pertenecer al sector público y no tener vinculación societaria ni de administración con la entidad solicitante, desde el inicio del proyecto y hasta los tres años posteriores a su finalización.

Sí. Hasta 3 misiones directas por país, con una bolsa de viaje por entidad; y hasta 3 misiones inversas por país, con máximo 10 invitaciones por misión.

Debe solicitarse telemáticamente en la aplicación “I+D+i” por parte del líder con la conformidad del resto de entidades y dirigirla a la Viceconsejería de Tecnología, Innovación y Transformación Digital.

Debe realizarse con una antelación mínima de dos meses antes de la fecha de finalización del plazo de ejecución inicialmente previsto. De autorizarse el aplazamiento, será con carácter excepcional y ello conllevará un retraso en el pago de la ayuda que corresponda

Si deseas recibir información actualizada sobre las próximas convocatorias y formaciones disponibles, puedes suscribirte a nuestra lista de correo rellenando el formulario de contacto.

Las actuaciones deberán ejecutarse entre 2026 y el 31 de octubre de 2027, salvo autorización de ampliación conforme a la normativa reguladora.

Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva, en función de la evaluación de los proyectos presentados. En la resolución de concesión:

  • Se comunicará la relación de proyectos subvencionados, la entidad beneficiaria, el presupuesto aprobado y la subvención concedida.
  • Se comunicará la relación de proyectos desestimados o excluidos.
  • También se informará a la entidad beneficiaria de los sucesivos pasos a seguir hasta la finalización del expediente y de la documentación que deberá aportarse en la fase de justificación.

Podrán acceder a las ayudas las pymes que dispongan de un centro de actividad industrial o de servicios conexos en la Comunidad Autónoma del País Vasco, donde el proyecto tenga impacto y se realicen las actuaciones subvencionables, y que figuren de alta en el IAE del País Vasco.

El proyecto puede incluir todas las personas que necesites pero la subvención se limita a un máximo de 27 personas pertenecientes al equipo de trabajo de la empresa.

Cualquier modificación de datos deberá solicitarse, a través del canal habilitado en este enlace, aportando la documentación justificativa correspondiente.

No. La no calificación como ayudas de minimis, se debe al interés de que las entidades beneficiarias de las ayudas no sean aquellas que ya han sido favorecidas por otros programas de ayudas, para los mismos gastos subvencionables.

Las ayudas se conceden mediante procedimiento de concurrencia competitiva, conforme a los criterios de valoración establecidos en las bases reguladoras, y bajo el régimen de minimis.

Sí, existe una plantilla a disposición para realizar el organigrama de la entidad.

La cuota de alta única del operador y los trabajos de despliegue necesarios para poner en marcha el servicio sobre red pública en tu emplazamiento.

NO se financian las cuotas mensuales del servicio, cualquier pago periódico (bonos, ampliaciones temporales, etc.) y el IVA. Tampoco se admiten sobrecostes por encima de precios de mercado.

No. No se consideran gastos subvencionables los productos, servicios o trabajos realizados por la propia entidad solicitante ni por empresas del grupo o vinculadas, directa o indirectamente.

Constitución y asesoramiento jurídico-fiscal-financiero; elaboración del plan o estrategia conjunta; prospección de mercados (un estudio por mercado); propiedad industrial y homologaciones obligatorias; gastos transversales compartidos; selección de agente/representante.

Los cursos tienen un aforo reducido para garantizar que puedas recibir una atención personalizada y para asegurarnos de resolver tus dudas de manera efectiva.

Sí, siempre que se respeten los límites de intensidad de ayuda y no se supere el porcentaje máximo de financiación permitido.

La ejecución deberá comenzar con posterioridad a la presentación de la solicitud y deberá implantarse en un plazo máximo de 12 meses desde la fecha de inicio declarada, y en cualquier caso antes del 30 de julio de 2027.

El programa contempla dos líneas: la línea 1, centrada en proyectos de innovación en sectores estratégicos del Plan de Industria – Euskadi 2030; y la línea 2, orientada a acciones complementarias clave de impulso a la innovación, incluyendo acompañamiento técnico BDIH y acciones de gestión avanzada – KUDEABIDE.

Empresas de cualquier tamaño y sector que cumplan estas condiciones:

  • Tener actividad económica en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
  • Estar legalmente constituidas en el momento de presentar la solicitud.
  • Tener centros de trabajo en Euskadi.
  • Desarrollar proyectos dirigidos a mejorar las competencias digitales en ciberseguridad de las personas que forman parte de la empresa.

No pueden acceder:

  • Las personas físicas (autónomos/as sin personal contratado).
  • Las entidades sin ánimo de lucro.
  • Las administraciones públicas y sus organismos dependientes.
  • Las agrupaciones temporales de empresas (UTE).
  • Las empresas en crisis, según la definición comunitaria.

En estos casos, deberá presentarse un certificado negativo de la Tesorería General de la Seguridad Social que acredite que la empresa no tiene personal contratado en el momento de la solicitud.

Sí, Hazten + da continuidad al apoyo brindado a los proyectos beneficiarios del programa Ekintzaile y Barnekintzaile.

Además, se complementa con otros programas destinados a apoyar la financiación de proyectos de alto potencial como Basque Fondo, AURRERA, Gauzatu Industria, Basque Tek Ventures, Renove Industria 4.0.

Sí, siempre que el proyecto cumpla las condiciones del programa.

En 2026, el gasto elegible debe acreditarse con pedido o contrato aceptado y el pago de al menos el 10% del presupuesto del proyecto presentado.

No, la compra de licencias de software por sí sola no constituye una actuación subvencionable.

Puedes iniciar el proyecto antes de recibir la resolución, siempre que los gastos se devenguen o facturen a partir del 1 de enero de 2026 y dentro del plazo máximo de ejecución del proyecto, que no podrá superar los 12 meses.

Sin embargo, comenzar el proyecto no garantiza la concesión de la ayuda. Tu empresa asume el riesgo de que la solicitud pueda ser denegada si no cumple todos los requisitos establecidos en las bases.

  • Oferta del operador con desglose de cuota de alta y tarifas mensuales comparables a zonas con competencia.
  • Detalle de los trabajos de despliegue previstos.
  • Declaración de minimis de los últimos 3 años.
  • Datos de la empresa (IAE/epígrafe, centro en Euskadi) y IBAN para pago.
  • Tres ofertas si el importe supera contrato menor (o justificación de la excepción).

Con carácter general, los gastos deben ser posteriores a la solicitud de la ayuda y ejecutarse en un plazo máximo de 18 meses desde la concesión.
De forma excepcional, podrán considerarse subvencionables gastos realizados con posterioridad al 1 de enero de 2026, siempre que así se recoja expresamente en la resolución.

Las sesiones se realizan en formato de webinar en directo a través de la plataforma Zoom, lo que te permite participar desde cualquier lugar con conexión a Internet.

Las ayudas se conceden mediante concurrencia competitiva, en función de la evaluación técnica de los proyectos presentados conforme a los criterios establecidos.

No. No se considerarán elegibles las facturas que no cumplan los plazos de pago previstos en la normativa de lucha contra la morosidad.

El programa está orientado a fomentar, mediante dos líneas de actuación, la innovación de producto y/o proceso en las pymes industriales y de servicios conexos ligados ubicadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco, enmarcadas en los sectores estratégicos del Plan de Industria – Euskadi 2030:

  • IRABAZI (componentes de automoción, energía, fabricación avanzada, metalurgia y movilidad sostenible).
  • HAZI (aeroespacial, biosanitario, soluciones digitales avanzadas, redes inteligentes y almacenamiento, y combustibles renovables).
  • JAUZI (empresas en otros sectores con potencial de liderazgo en su mercado).

Sí. Deberás seleccionar una Consultora Especializada de entre las entidades adjudicatarias habilitadas por SPRI para prestar este servicio.

Esa consultora será la encargada de realizar el diagnóstico de competencias digitales en ciberseguridad de tu plantilla y de elaborar el plan de trabajo personalizado que deberás presentar junto con la solicitud.

No. Dibertsifika apoya inversiones en activos nuevos, por lo que no se considera subvencionable la adquisición de maquinaria o equipamiento de segunda mano.

  1. Nombre y apellidos y Número del Documento Nacional de Identidad (DNI) o Número de Identificación de Extranjero (NIE) del representante legal de la entidad.
  2. Escritura de Constitución de la Sociedad y en su caso modificaciones de la misma.
  3. Poder del representante de la Sociedad.
  4. Tarjeta de identificación fiscal.
  5. Certificado de titularidad bancaria de la cuenta corriente facilitada.
  6. Declaración responsable del representante legal de la entidad.
  7. El certificado de plantilla media anual y declaración del Impuesto sobre Sociedades correspondientes al último ejercicio cerrado
  8. Los datos generales (origen del proyecto, producto o servicio a desarrollar, mercado objetivo) y el presupuesto estimado de gastos subvencionables y los datos de previsión de inversión, facturación y empleo para los próximos tres años.
  9. Para solicitudes de ayuda superiores a 30.000 euros, Declaración Responsable, certificado de auditor inscrito en el ROAC o Informe de Procedimientos Acordados.
  10. Un ejemplar del Plan de Empresa.
  11. Documentación acreditativa de la condición de pequeña empresa de la entidad solicitante.

SPRI podrá solicitar a la entidad solicitante otra documentación y/o información complementaria cuando se considere necesaria para la adecuada comprensión, evaluación y tramitación de la solicitud presentada.

Sí, cuando el importe del gasto supere las cuantías del contrato menor, y exista contratación con terceros. En ese caso, deberán solicitarse al menos tres ofertas, salvo que no exista suficiente oferta en el mercado, o el gasto se haya realizado con anterioridad a la concesión.

Sí, el gasto subvencionable se acreditará mediante pedido o contrato aceptado por las partes y el pago de al menos el 10% del presupuesto del proyecto presentado.

Las empresas beneficiarias de este programa deben ser empresas industriales o de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial, disponer de un centro de actividad en la Comunidad Autónoma del País Vasco, en el que el proyecto tenga impacto y se realicen las actuaciones subvencionables, y figurar de alta en el IAE del País Vasco.

Quedan excluidas:
  • Las empresas que desarrollen actividad en los sectores agrario, alimentario, pesquero y forestal.
  • Entidades adscritas a la Red Vasca de Ciencia Tecnología e Innovación (RVCTI) ni a Redes de I+D de naturaleza similar.
  • Entidades que formen parte del sector público.
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