Jornadas online para la empresa vasca Encuentra tu evento virtual
Ayudas para la empresa vasca Entra
Plan de ayudas 2023 de Gobierno Vasco para pymes de Euskadi Ver ayudas
Tenemos el propósito de despejar todas las dudas que te puedan surgir.
Si no está aquí la solución que buscas pregúntanos, haremos todo lo posible para facilitarte
el acceso a nuestros programas de ayuda y servicios que ofrecemos.
El plazo máximo para dictar y notificar resolución expresa sobre las solicitudes será de seis meses a contar desde el día siguiente a la fecha en que la solicitud formulada quede completada. Transcurrido dicho plazo sin haberse efectuado la notificación, las interesadas podrán entender desestimada su solicitud.
La comunicación a las solicitantes de las resoluciones indicará la cuantía de subvención que se concede, las condiciones de la misma y los plazos para la realización de la actuación subvencionable, así como cualquier otra condición que sea necesaria para el desarrollo de la misma.
La citada resolución se dictará y se notificará por medios electrónicos a la solicitante en un plazo máximo de 10 días hábiles desde su emisión.
La Solicitud de Liquidación deberá presentarse en el plazo máximo de 2 meses desde la finalización del proyecto, y en cualquier caso, con anterioridad al 29 de agosto de 2025, y vendrá acompañada de la siguiente documentación particular:
Memoria justificativa de los gastos ejecutados y facturas de los gastos subvencionables con desglose de costes.
Justificantes bancarios de pago de la Entidad Financiera de los gastos subvencionables del proyecto.
Certificado de la entidad financiera que acredite la titularidad y número de la cuenta corriente (IBAN) a nombre del beneficiario, en caso de modificación de la misma con respecto a la señalada con anterioridad.
Memoria técnica que acredite los trabajos realizados en el contexto del proyecto (Deberá contener información detallada en las bases reguladoras)
Las entidades beneficiarias recibirán un máximo de 15.000€ a fondo perdido que variará en función de su tipología:
Las subvenciones serán abonadas por SPRI mediante un único pago a la beneficiaria de la ayuda, tras la oportuna presentación de la Solicitud de Liquidación y documentación justificativa exigida en la normativa.
No se cubren los gastos correspondientes a medios propios de la beneficiaria, como los salarios.
Solo se subvencionan los trabajos realizados por terceros para la ejecución del proyecto, como los gastos de diseño y planificación del proyecto, arrendamientos de espacios, consultoría, diseño y elaboración de herramientas y/o plataformas digitales.
Sí.
Podemos ayudarte
Mis suscripciones Grupo SPRI > elige la información que quieres recibir
Grupo SPRI está comprometido con la transparencia y la comunicación responsable. Por eso te informamos que no te enviaremos comunicaciones si no lo pides. Si estás suscrito a nuestras newsletters puedes ajustar tus preferencias de suscripción para recibir otras nuevas comunicaciones de Grupo SPRI. Solo lo que tú quieres y si lo quieres.