Fortaleciendo las infraestructuras de investigación de Euskadi con el programa Azpitek
Estará abierta hasta el 27 de marzo de 2026
Con el Programa Azpitek 2026 se impulsa la adquisición, instalación, renovación y actualización de infraestructuras y equipamiento de investigación, facilitando la generación de conocimiento que contribuya al alineamiento con los sectores estratégicos, las tecnologías clave y transversales y con los Proyectos Transformadores del Plan de Industria Euskadi 2030.
Estas ayudas están orientadas al desarrollo de la I+D+I y la futura validación y demostración de sus resultados, a realizar por parte de las entidades científico-tecnológicas. A tal efecto, serán beneficiarios los centros tecnológicos multifocalizados acreditados en la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación. El objetivo último es reforzar la calidad de los resultados obtenidos y maximizar su impacto científico-tecnológico, económico y social.
Actividades subvencionables
Serán subvencionables las actuaciones de adquisición, instalación, renovación y actualización de infraestructuras y equipamiento de investigación, incluida la obra civil de edificación, remodelación o mejora de edificios y el mobiliario utilizado en actividades de investigación, incluyendo la futura validación y demostración de sus resultados.
Se entiende por infraestructura y equipamiento de investigación, a los efectos de esta convocatoria, el conjunto de medios físicos (equipos) e instalaciones (recinto provisto de los medios físicos necesarios) que se requieren para el desarrollo de actividades de investigación y la futura validación y demostración de sus resultados. Dicho equipamiento puede consistir en un único equipo, o bien una instalación, o un conjunto de equipos para la dotación de un espacio único o finalidad concreta, pudiendo incluir, asimismo, las modificaciones, adiciones, accesorios o aparatos auxiliares que se requieran para que el equipamiento pueda cumplir el propósito para el que se adquiere.
Gastos subvencionables
Se considerarán gastos financiables los costes de ejecución, en activos fijos materiales e inmateriales, realizados hasta el 31 de octubre de 2027 o hasta el plazo de ejecución ampliado aprobado, previa solicitud del correspondiente aplazamiento y derivados directamente de la adquisición de infraestructuras y equipamiento de investigación definida en la base 4, así como la adquisición de accesorios o aparatos auxiliares necesarios para la actualización y otros costes que se requieran de forma indubitada para la puesta en marcha y el funcionamiento del equipamiento.
Asimismo, podrán ser gastos financiables las licencias permanentes de software de carácter especializado y destinado exclusivamente a la investigación y que posibilite la utilización adecuada del equipamiento adquirido.
También serán financiables los gastos correspondientes a la auditoría de costes del proyecto. El coste de auditoría será subvencionable hasta un máximo de 1.500,00 € por proyecto y entidad beneficiaria.
No serán elegibles los gastos de consultoría de gestión de la subvención.
Se entiende por actuaciones de actualización únicamente aquellas que supongan aumentar sustancialmente las prestaciones del equipo o retrasar su obsolescencia.
El coste total de inversión de cada proyecto de infraestructuras y equipamientos de investigación deberá ser mayor o igual a 100.000 euros y menor o igual a 1.000.000 euros. No se admitirá el fraccionamiento en varios proyectos de equipos con presupuesto superior a 1.000.000 euros. Tampoco se admitirán, en un mismo proyecto, varios elementos no relacionados entre sí con un coste unitario inferior a 100.000 euros. En ningún caso el coste de adquisición podrá ser superior al valor de mercado.
Los proyectos con singularidad extrema (aquellos que hayan obtenido una puntuación superior a 90 puntos en la evaluación técnica) podrán superar el límite de 1.000.000 de euros de presupuesto.
El importe global del presupuesto presentado de cada centro no podrá superar el 10 % de sus ingresos de explotación de I+D correspondiente al último ejercicio con cuentas anuales auditadas.
Naturaleza de las ayudas y procedimiento de concesión
Las ayudas a conceder tendrán la naturaleza de subvenciones a fondo perdido y se otorgarán bajo los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación. La selección de los proyectos se realizará en concurrencia competitiva, en base a la documentación aportada, y conforme a los criterios y procedimientos establecidos
¿Quiénes pueden beneficiarse?
Los centros tecnológicos multifocalizados acreditados en la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación. El objetivo último es reforzar la calidad de los resultados obtenidos y maximizar su impacto científico-tecnológico, económico y social.
Las entidades interesadas tienen hasta el 27 de marzo para presentar sus solicitudes.