Asistencia a empresas
Kaixo! Este es el punto de atención y acompañamiento a la empresa vasca
Aquí centralizamos la información, el asesoramiento y las vías de contacto para facilitar a las empresas vascas el acceso a ayudas, programas y servicios de apoyo a la competitividad.
Este espacio está pensado para que encuentres respuestas rápidas, plantees tus dudas o te dejes guiar según el momento en el que se encuentre tu empresa.
Tanto si buscas información concreta como si necesitas orientación para avanzar, aquí tienes diferentes formas de interactuar y recibir apoyo.
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Preguntas frecuentes: resolvemos tus dudas
Preguntas frecuentes
Preguntas frecuentes sobre Programa Dibertsifika
- Por tipología de empresa:
- Pequeña empresa: +20%
- Mediana empresa: +10%
- Por estar encuadrada en el sector estratégico:
- Por sector estratégico HAZI: +2%
- Por sector estratégico IRABAZI: +1,5%
- Por proyecto con carácter transformador: +3%
- Por sector estratégico HAZI: +2%
- Por sector estratégico IRABAZI: +1,5%
- Por proyecto con carácter transformador: +3%
| Tipo de empresa | Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior | |
| Art. 17 Ayudas a la inversión en favor de las PYME | “Art. 14 Ayudas regionales a la inversión”, “Directrices sobre las ayudas estatales de finalidad regional” y “Mapa de ayudas regionales en vigor para España 2022-2027 -Zona Margen izquierda ampliada- | |
| Medianas | 10% | 25% |
| Pequeñas | 20% | 35% |
| Grandes empresas | N/A | 15% |
Las grandes empresas podrán ser beneficiarias de Dibertsifika siempre que cumplan los requisitos generales del programa y, además, las siguientes condiciones específicas:
- Realizar una inversión mínima admitida de 1.500.000 €.
- Aportar recursos propios (excluidas las subvenciones) por, al menos, el 25 % de la inversión susceptible de apoyo.
- Comprometerse al mantenimiento del empleo en los términos establecidos en la normativa.
- Localizar las inversiones objeto de la ayuda en la Zona Margen Izquierda Ampliada de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Podrán acceder a Dibertsifika las pequeñas y medianas empresas (PYMES) que cumplan los siguientes requisitos:
- Desarrollar actividad industrial o de servicios conexos a la industria.
- Disponer de un centro de actividad en Euskadi, donde se materialice la inversión subvencionable.
- Realizar una inversión mínima de 200.000 €.
- Aportar recursos propios (excluidas las subvenciones) por, al menos, el 25 % de la inversión subvencionable.
- Comprometerse al mantenimiento del empleo durante el periodo exigido por el programa.
- Acreditar la viabilidad técnica, económica y financiera del proyecto.
La justificación de las inversiones se realiza una vez finalizado el proyecto, dentro del plazo que se indique en la resolución de concesión, y tiene como objetivo acreditar que las actuaciones se han ejecutado conforme a lo aprobado.
Con carácter general, la empresa deberá presentar:
- Memoria justificativa de ejecución, donde se describan las inversiones realizadas y su adecuación al proyecto aprobado.
- Relación detallada de los gastos e inversiones, identificando cada concepto subvencionable.
- Facturas y documentos de valor probatorio equivalente, junto con los justificantes de pago correspondientes.
- Documentación técnica complementaria, cuando proceda (por ejemplo, certificados de puesta en marcha, fotografías de instalaciones o maquinaria, o documentación que acredite la incorporación efectiva de los activos).
- Información laboral, para acreditar el mantenimiento del empleo exigido por el programa y, en su caso, la creación de empleo vinculada al proyecto, en los términos y plazos establecidos en la normativa.
SPRI podrá realizar comprobaciones técnicas y económicas para verificar la correcta ejecución del proyecto y el cumplimiento de las condiciones de la ayuda.
El abono definitivo de la subvención quedará condicionado a la validación de esta documentación.
Las solicitudes se evalúan en régimen de concurrencia competitiva, priorizando aquellos proyectos que aporten un mayor impacto industrial y estratégico. La valoración se realiza en base a los criterios establecidos en la normativa del programa, entre los que se tienen en cuenta, de forma resumida:
- Calidad y solidez del proyecto, analizando su coherencia técnica, económica y el grado de definición de las inversiones previstas.
- Impacto industrial en Euskadi, especialmente en términos de refuerzo de la actividad productiva, diversificación, crecimiento y consolidación del proyecto empresarial.
- Generación y mantenimiento de empleo, valorando tanto el empleo creado como su vinculación al proyecto y su estabilidad en el tiempo.
- Viabilidad económica y financiera de la empresa, incluyendo su capacidad para afrontar la inversión y garantizar la ejecución del proyecto.
- Contribución al fortalecimiento del tejido industrial, teniendo en cuenta el efecto tractor del proyecto y su alineación con los objetivos del programa.
Solo los proyectos que alcancen la puntuación mínima exigida y obtengan una mejor valoración relativa frente al resto de solicitudes podrán acceder a la ayuda, hasta agotar el presupuesto disponible.
La solicitud se presenta a través de la ficha del procedimiento en https://ayudas.spri.eus/dibertsifika/.
La solicitud es única para el conjunto de actuaciones previstas por la empresa e incorpora la firma electrónica de la persona con capacidad legal de representación.
Documentación que debe acompañar a la solicitud:
- Memoria detallada de las inversiones, con compromiso firmado (si aplica), incluyendo: plan industrial, plan económico-financiero, plan laboral relacionado y plazos de realización.
- Las dos últimas declaraciones del Impuesto sobre Sociedades (o IRPF, si procede) o las cuentas anuales y documentación adicional depositadas en el Registro Mercantil de los dos últimos ejercicios.
- Evolución de plantilla de los tres últimos ejercicios, desagregada por categorías profesionales y sexo, junto con los informes de TGSS: “Informe: Plantilla Media de Trabajadores en Situación de Alta” de 12 y 36 meses anteriores a la publicación de la convocatoria.
- Acreditación de condición de PYME (si aplica): datos de empleo, volumen de negocio y balance, incluyendo empresas asociadas/vinculadas y esquema del grupo, para los dos ejercicios anteriores.
- Licencia de actividad clasificada, cuando la ejecución de la inversión esté condicionada a dicha licencia.
- Si se han solicitado o recibido ayudas para las mismas inversiones, indicar entidades e importes.
- Para subvenciones de más de 30.000 €, documentación para acreditar el cumplimiento de plazos de pago (morosidad) según la Ley 3/2004, por las vías previstas en la norma (certificación o documentación de auditoría/procedimientos acordados, según el caso).
- Declaración responsable de cumplimiento de requisitos y veracidad de datos (incluye, entre otros, obligaciones tributarias/SS, no sobrefinanciación, etc.).
Sí. Dibertsifika contempla la subvención de terrenos y construcciones vinculados al proyecto, con el límite de que su importe no supere el del resto de activos subvencionables. La parte que exceda dicho límite no será considerada subvencionable.
Cada empresa podrá presentar una solicitud por convocatoria, que deberá incluir el conjunto del proyecto de inversión.
Las inversiones deberán ejecutarse dentro del plazo establecido en la resolución de concesión, respetando el calendario aprobado para cada proyecto.
La inversión mínima exigida depende del tamaño de la empresa:
- Pymes: inversión mínima admitida de 200.000 €.
- Grandes empresas: inversión mínima admitida de 1.500.000 €.
En el caso de inversiones financiadas mediante leasing, deberá aportarse el contrato correspondiente y la documentación que acredite que la opción de compra se ejerce dentro del periodo establecido y en las condiciones exigidas por la normativa.
No. Dibertsifika apoya inversiones en activos nuevos, por lo que no se considera subvencionable la adquisición de maquinaria o equipamiento de segunda mano.
En estos casos, deberá presentarse un certificado negativo de la Tesorería General de la Seguridad Social que acredite que la empresa no tiene personal contratado en el momento de la solicitud.
Cualquier modificación de datos deberá solicitarse, a través del canal habilitado en este enlace, aportando la documentación justificativa correspondiente.